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lunes, octubre 17, 2011

Cancelación o suspensión de Licencias de Conducir

Con el único propósito de tener informado lo mejor posible a los seguidores de este blog así para quienes se incorporan al mismo, y ante la poca o nula publicación que se ha hecho a esta suspensión o cancelación de licencias de conducir, me permito informarles que el 15/07 del presente año, fue publicado en el Diario de Centro América el Acuerdo Gubernativo 224-2011 el cual deroga por completo el Acuerdo Gubernativo 135-2008 que hace referencia a los montos que deben pagar por Derecho de obtención de primeras licencias, renovación o reposición.
 
Conforme lo establece este acuerdo, el mismo cobra vigencia 90 días después de publicado en el Diario de Centro América; es decir que el mismo cobro vigencia este 13 de octubre.
 
A todos los contribuyentes que tienen pilotos a su servicio, considero que deberá tenerse en cuenta dicho Acuerdo Gubernativo para que el mismo no afecta a la empresa ni a los pilotos. Para quienes necesiten corroborar está información, en los periódicos del día 11 y 12 de octubre salieron publicados avisos que indican quienes pueden suspender o cancelar su licencia de conducir siempre que la misma este vigente.
 
Es importante resaltar que si por cualquier circunstancia sale del país, o tiene una enfermedad que le imposibilite conducir por un largo período, es recomendable suspender la misma para evitarse el pago de multas innecesarias.
 
Para quienes estén interesados en obtener dicho Acuerdo, lo pueden hacer desde Facebook.

 
Oficina Profesional Contable OPC (502)5208-4023 auditor.opc@gmail.com

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