Con al único afán que los lectores de este blog no vayan a ser sorprendidos en su buena fe, me permito recordarles que desde hace algunos meses atrás, se rumoro que estaban por aprobarse varias leyes, entre estas principalmente la Ley Antievasión II y el Secreto Bancario, esto con el propósito de agilizar los procesos en contra de los evasores y por ende, llevar dinero fresco a las arcas del estado que la necesita de urgencia.
Hemos llegado a medio año y las referidas leyes aun están sin aprobar; sin embargo, de acuerdo a notas de prensa, me he podido enterar que el día de ayer (13/6/2011), el Organismo Judicial (OJ) agilizó las solicitudes de embargo que le requiere la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) en “contra los contribuyentes que no cumplen con sus obligaciones tributarias”…
Este acuerdo se llevo a cabo después de que los personeros de dichas instituciones firmaran un convenio entre el Organismo Judicial y la SAT
Según declaraciones vertidas el procedimiento a seguir será:
“Las peticiones serán recibidas por el Organismo Judicial vía Internet y serán resueltas por los juzgadores que conocen los casos, específicamente en la rama de lo contencioso-administrativo. Estas resoluciones serán notificadas por la misma vía a los bancos del sistema para que se ejecuten de inmediato.”
Para la implementación de estos embargos, las autoridades indican que se han cuidado que la herramienta informática a utilizar, tenga todas las medidas de seguridad para el trámite legal que implica; y para ello han creado claves que únicamente podrán ser utilizadas por los jueces, y el aviso se hará automáticamente a todos los bancos, asimismo han indicado que para el uso de la misma, ya recibieron capacitación personal de bancos y del Organismo Judicial.
De acuerdo a declaración del presidente del Organismo Judicial, indica que: “esta herramienta electrónica beneficia la administración de justicia”, ya que por este medio se podrá no solo notificar inmediatamente los embargos, sino también el levantamiento de esta medida preventiva.”
Ante está situación, ahora debe preguntarse a los expertos en derecho, si para darle validez a este convenio debe existir una Ley específica o si ya existen otras que respalden el mismo.
En espera de sus valiosos aportes y ampliación sobre el tema, desde ya se les agradece.
Para quienes estén interesados en ampliar sobre esta nota lo pueden hacer aquí.
Hemos llegado a medio año y las referidas leyes aun están sin aprobar; sin embargo, de acuerdo a notas de prensa, me he podido enterar que el día de ayer (13/6/2011), el Organismo Judicial (OJ) agilizó las solicitudes de embargo que le requiere la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) en “contra los contribuyentes que no cumplen con sus obligaciones tributarias”…
Este acuerdo se llevo a cabo después de que los personeros de dichas instituciones firmaran un convenio entre el Organismo Judicial y la SAT
Según declaraciones vertidas el procedimiento a seguir será:
“Las peticiones serán recibidas por el Organismo Judicial vía Internet y serán resueltas por los juzgadores que conocen los casos, específicamente en la rama de lo contencioso-administrativo. Estas resoluciones serán notificadas por la misma vía a los bancos del sistema para que se ejecuten de inmediato.”
Para la implementación de estos embargos, las autoridades indican que se han cuidado que la herramienta informática a utilizar, tenga todas las medidas de seguridad para el trámite legal que implica; y para ello han creado claves que únicamente podrán ser utilizadas por los jueces, y el aviso se hará automáticamente a todos los bancos, asimismo han indicado que para el uso de la misma, ya recibieron capacitación personal de bancos y del Organismo Judicial.
De acuerdo a declaración del presidente del Organismo Judicial, indica que: “esta herramienta electrónica beneficia la administración de justicia”, ya que por este medio se podrá no solo notificar inmediatamente los embargos, sino también el levantamiento de esta medida preventiva.”
Ante está situación, ahora debe preguntarse a los expertos en derecho, si para darle validez a este convenio debe existir una Ley específica o si ya existen otras que respalden el mismo.
En espera de sus valiosos aportes y ampliación sobre el tema, desde ya se les agradece.
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