Como lo indique desde la creación de este blog; la prioridad ha sido y será hasta que podamos y el servicio de alojamiento y espacio no se termine, mantener al día a todos los colegas y futuros profesionales de la rama contable y que tienen a bien visitar este blog constantemente, mantenerlos informados de los temas que afectan la profesión y de esta forma compartir lo poco que sabemos o que recopiló de otros profesionales para beneficio de todos.
Hoy he efectuado la aclaración anterior, debido a que en varias oportunidades como Ustedes lo han leído, he solicitado ampliación a través de comentarios, sin embargo las respuestas obtenidas no han sido las esperadas y a veces queden dudas en los temas que bien vale la pena aclararlas con las experiencias vividas en casos reales; pero si no se tienen respuestas las dudas siguen en el tintero. Desde ya exhorto a los lectores que sin temor expresemos lo que sabemos o experiencias similares relacionadas con los temas, esto hará enriquecer los mismos y por ende no hará caer en errores a los lectores al momento de estar frente a uno de ellos. Recuerden que el conocimiento nadie nos lo puede arrebatar, no seamos celosos de los mismos, devolvamos un poquito de lo que hemos recibido de los demás.
Expresado lo anterior que es una simple reflexión personal y que espero no se tome a mal, traslado a ustedes lo leído el día de hoy y que fuera publicado en unos de los diarios y que está relacionado a un simposio que se llevo a cabo en estos días y que el mismo trató sobre las NIIF para PYMES.
A continuación un resumen de lo más relevante según mí entender y que fue expuesto por el Señor Edgar Mendoza:
“Este evento… puso a flor de piel la cruda realidad de la pérdida de liderazgo de Guatemala en comparación con los demás países de nuestra región.
El tema principal…fue la experiencia en la adopción de la NIIF para pymes, poniendo en perspectiva y relieve el atraso del marco jurídico guatemalteco en relación con los demás países de la región, siendo la razón fundamental el hecho de que las resoluciones que emite el Colegio de Contadores Públicos y Auditores solo tiene efectos vinculantes para el gremio de Contadores Públicos y Auditores, por lo que es necesario que se reforme el artículo 368 del Código de Comercio, decreto No. 2-70 del Congreso de la República, toda vez que se argumenta que dicho artículo reconoce los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados Guatemaltecos y no a la NIIF para pymes.
…se resaltó otra desventaja que tiene Guatemala frente a los países de la región, que es la ausencia de una normativa para el tratamiento del contrato de arrendamiento financiero (Leasing, en inglés), que está causando ajustes a los contribuyentes que operan en esta actividad.
…el tema de cierre del simposio en referencia es la preocupación sobre la posición de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) respecto a la conciliación entre la base contable NIIF para pymes y la base fiscal, respecto a la determinación de la obligación tributaria, para lo cual es muy satisfactorio manifestar que nuestras autoridades tributarias no tienen objeción que los contribuyentes operen sus libros legales de contabilidad sobre la base contable que consideren apropiada, una vez no se afecte negativamente la determinación del impuesto sobre la renta, conforme la legislación vigente.”
Espero que esta información sea de su interés y para quienes estén interesados en ampliar sobre estos temas lo pueden ampliar aquí.
Desde este humilde blog quiero hacer público mi agradecimiento al Sr.Edgar Mendoza por la información que desde hace tiempo atrás, viene publicando y que nos permite actualizarnos o como se dice picarnos para investigar al respecto.
Hoy he efectuado la aclaración anterior, debido a que en varias oportunidades como Ustedes lo han leído, he solicitado ampliación a través de comentarios, sin embargo las respuestas obtenidas no han sido las esperadas y a veces queden dudas en los temas que bien vale la pena aclararlas con las experiencias vividas en casos reales; pero si no se tienen respuestas las dudas siguen en el tintero. Desde ya exhorto a los lectores que sin temor expresemos lo que sabemos o experiencias similares relacionadas con los temas, esto hará enriquecer los mismos y por ende no hará caer en errores a los lectores al momento de estar frente a uno de ellos. Recuerden que el conocimiento nadie nos lo puede arrebatar, no seamos celosos de los mismos, devolvamos un poquito de lo que hemos recibido de los demás.
Expresado lo anterior que es una simple reflexión personal y que espero no se tome a mal, traslado a ustedes lo leído el día de hoy y que fuera publicado en unos de los diarios y que está relacionado a un simposio que se llevo a cabo en estos días y que el mismo trató sobre las NIIF para PYMES.
A continuación un resumen de lo más relevante según mí entender y que fue expuesto por el Señor Edgar Mendoza:
“Este evento… puso a flor de piel la cruda realidad de la pérdida de liderazgo de Guatemala en comparación con los demás países de nuestra región.
El tema principal…fue la experiencia en la adopción de la NIIF para pymes, poniendo en perspectiva y relieve el atraso del marco jurídico guatemalteco en relación con los demás países de la región, siendo la razón fundamental el hecho de que las resoluciones que emite el Colegio de Contadores Públicos y Auditores solo tiene efectos vinculantes para el gremio de Contadores Públicos y Auditores, por lo que es necesario que se reforme el artículo 368 del Código de Comercio, decreto No. 2-70 del Congreso de la República, toda vez que se argumenta que dicho artículo reconoce los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados Guatemaltecos y no a la NIIF para pymes.
…se resaltó otra desventaja que tiene Guatemala frente a los países de la región, que es la ausencia de una normativa para el tratamiento del contrato de arrendamiento financiero (Leasing, en inglés), que está causando ajustes a los contribuyentes que operan en esta actividad.
…el tema de cierre del simposio en referencia es la preocupación sobre la posición de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) respecto a la conciliación entre la base contable NIIF para pymes y la base fiscal, respecto a la determinación de la obligación tributaria, para lo cual es muy satisfactorio manifestar que nuestras autoridades tributarias no tienen objeción que los contribuyentes operen sus libros legales de contabilidad sobre la base contable que consideren apropiada, una vez no se afecte negativamente la determinación del impuesto sobre la renta, conforme la legislación vigente.”
Espero que esta información sea de su interés y para quienes estén interesados en ampliar sobre estos temas lo pueden ampliar aquí.
Desde este humilde blog quiero hacer público mi agradecimiento al Sr.Edgar Mendoza por la información que desde hace tiempo atrás, viene publicando y que nos permite actualizarnos o como se dice picarnos para investigar al respecto.
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