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domingo, abril 19, 2009

Asociaciones, Patronatos, ONG´s. y Otras Instituciones

A los seguidores del blog y que desempeñan sus funciones en Patronatos, Asociaciones, ONG´s u otras Instituciones que reciban fondos del Estado, les informo que el 21/4/2009, entra en vigor la ley de Acceso a la Información Decreto 57-2008 que  como recordaran fue publicada en octubre-2008.
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A este respecto, el artículo 6 establece quienes están obligados a cumplir esta ley:
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Artículo 6. Sujetos obligados: Es todo persona individual o jurídica, pública o privada, nacional o internacional de cualquier naturaleza, institución o entidad del Estado,  organismo, órgano, entidad, dependencia, institución o cualquier otro que maneje, administre, o ejecute recursos públicos, bienes del Estado, o actos de la administración pública en general que está, obligado a proporcionar la información pública que se les solicita, dentro de los que se incluye el siguiente listado, que es enunciativo y no limitativo…
1)…
2)…
29) ONG´s,
35) Comités, Patronatos, Asociaciones autorizadas por la ley para la recaudación y manejo de fondos para fines públicos y de beneficio social, que perciban aportes o donaciones del Estado.”
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(Entiéndase también como Subvención o Subvenciones).
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El artículo 7. Actualización de Información,  estipula también que cualquier cambio que sufran los sujetos obligados a cumplir dicha disposición legal; están obligados a actualizar su Información en donde corresponda.
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Respecto a la información que debe estar disponible al momento que esta sea requerida, deberá verificarse en el artículo 10, el que establece la Información pública de Oficio: en donde se enumera 29 tipos de información que deben estar disponibles al momento que esta sea requerida.
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Con relación al cumplimiento de esta disposición, se puede resumir que están sujetos a cumplir esta ley, todos aquellos que reciben de parte del Estado, Fondos para su funcionamiento 
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Desde ya recomiendo elaborar un expediente que contenga esta información (artículo 10. (29)), para evitarse problemas al momento de una revisión, siempre y cuando la institución califique para dichos requisitos.
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