
Ruego a mis apreciables lectores, estén pendientes de la publicación en el diario oficial o por cualquier otro medio de fuente fidedigna con el propósito de cumplir con lo que establezca la ley.
De lo anterior se puede concluir, que el contribuyente que no cumpla con dicho requisito (Auditar sus Estados Financieros 2008), incumplirá con los deberes formales establecidos en el Código Tributario, haciéndose acreedor a las sanciones ahí establecidas.
De lo anterior se puede concluir, que el contribuyente que no cumpla con dicho requisito (Auditar sus Estados Financieros 2008), incumplirá con los deberes formales establecidos en el Código Tributario, haciéndose acreedor a las sanciones ahí establecidas.
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