Tal como se esperaba, nuevamente el Congreso de la República ha reformado el Artículo 72 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta Decreto 26-92, en el cual se establecía que los contribuyentes en el Régimen optativo estaban obligados a presentar Estados financieros Auditados.
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A continuación dejo extracto de lo publicado el día de hoy, sin embargo habrá de esperar como es publicada dicha reforma en el Diario Oficial. Cabe resaltar que en teoría dicha reforma favorece a las pequeñas y medianas empresas; no así a los contribuyentes especiales; sin embargo deberá tenerse en cuenta la resolución emitida hoy por la Corte de Constitucionalidad, relacionada con los Contribuyentes Especiales.
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“El Congreso aprobó hoy, de urgencia nacional, una reforma al artículo 72 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), para eliminar la obligatoriedad de que pequeñas y medianas empresas presenten estados financieros auditados.
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El argumento es que esa disposición generaría elevados gastos a esas empresas, que tienen que pagar a los auditores para que validen sus declaraciones financieras para entregarlas a la Superintendencia de Administración Tributaria.
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…esta modificación solo busca apoyar a los pequeños y medianos empresarios.
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…Con esa modificación, serán solo los grandes contribuyentes los que tendrán que presentar sus estados financieros auditados, antes del próximo 31 de marzo.
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Excluidos de la reforma
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El Intendente de Recaudación de la SAT, Omar Franco, enfatizó que con esa reforma, aún están sujetos a cumplir con esa obligación los mil 900 contribuyentes clasificados como especiales, además de los inscritos bajo el régimen 29-89 de fomento a las maquilas, y 65-89 de zonas francas, que según los registros oficiales, son 532 y 80, respectivamente.
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La importancia de que siga existiendo tal control para estos contribuyentes, dijo Franco, es que los clasificados como especiales son los que aportan al fisco el 75 por ciento de ingresos anuales.
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CC ampara a contribuyentes especiales
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Sin embargo, una resolución temporal de la Corte de Constitucionalidad (CC) emitida hoy, incluye también a esos contribuyentes especiales entre los que no deben presentar sus informes auditados.
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Con esa decisión, la CC deja temporalmente en suspenso parte de la literal 3 del artículo 72 de la Ley de ISR, que dice que los estados financieros deberán ser “auditados por un profesional o empresa de auditoría independiente”.
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De esa cuenta, no son solo los pequeños contribuyentes los exonerados de esa obligación, sino también los grandes empresarios serán beneficiados.
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La Cámara de la Industria, que planteó la inconstitucionalidad, se manifestó satisfecha esta tarde, tanto por la reforma aprobada en el Congreso, como por la decisión de la CC.”
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Fuentes: Prensa Libre.com
Estas atentos a la publicación de la reforma en el diario oficial.
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