Después haber tenido otra semana llena de sorpresas y sobresaltos con las retenciones, que por cierto, los contribuyentes no están cumpliendo con extenderla en el plazo señalado por la ley, ya que continúan con la práctica de entregarla hasta que realizan el pago, es decir, entre 30, 45 o 60 días lo cual perjudica grandemente al contribuyente que emite la factura, ya que para él el plazo para la presentación de la declaración mensual vence en los primos 10 días hábiles, razón por la cual están se han visto en la penosa necesidad de exigir que se les entregue la misma, no sin antes tener roces con sus clientes, lo cual perjudica grandemente el comercio formal.
Esperemos que a la brevedad posible, las autoridades correspondientes regulen dicha situación para así evitar inconvenientes a todos los contribuyentes, que se ven afectados con esta disposición.
Y con el propósito de dar seguimiento al pago de las obligaciones que cada uno de los Contribuyentes están obligados a presentar la próxima semana, a continuación describo dichas obligaciones, es importante resaltar que los impuestos del 1 al 4 de mayo son proyectados, a lo cual sugiero están pendientes de la publicación del calendario tributario de la SAT., para verificar que no se ha dejado ningún impuesto por incluir.
Cualquier cambio o sugerencia respecto a los mismos será bienvenido, en caso de existir alguna duda sugiero verificar el calendario en el portal de la SAT.
Abril - 30
· Declaración Jurada y pago sobre operaciones realizadas durante Marzo de 2012. Impuesto al Valor Agregado (Declaración Jurada y Pago Mensual)
· Declaración y pago de Pequeños contribuyentes del 5% de ventas o prestación de servicios del Marzo de 2012. Impuesto al Valor Agregado Pequeño Contribuyente Declaración Mensual (1)
· Pago correspondiente al trimestre del 1 de Enero al 31 de Marzo de 2012. Impuesto de Solidaridad, (Pagos Trimestrales).
· Pago mensual de retenciones del 12% sobre el monto de facturas especiales emitidas durante Marzo de 2012. Impuesto al Valor Agregado (Pago de Retenciones en Facturas Especiales).
· Declaración y recibo de pago mensual sobre ventas efectuadas durante Marzo de 2012. Impuesto al Valor Agregado (Declaración Jurada y Pago Mensual) Para Contribuyentes que Realizan Únicamente Operaciones Locales.
Impuesto Proyectado
Mayo - 4
· Declaración jurada y pago semanal sobre ventas efectuadas del 23 al 29 de Abril de 2012. Impuesto a la Distribución del Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo.
(1) Para los Pequeños Contribuyentes que se inscribieron después del 25/2/2012, ya bajo la nueva modificación de la Ley del Impuesto al Valor Agregado IVA según Decreto 4-2012; este impuesto deberá presentarse en los nuevos formularios SAT-2043 o 2047 por Internet.
Como pueden observar este es el segundo pago después de la vigencia de dicho Decreto. El primer pago se realizó el 2 de abril del corriente año y correspondieron a las ventas de febrero -2012.
Aprovecho nuevamente para hacerles la cordial invitación para que dada su experiencia con las retenciones que se está obligado a efectuar, realice su voto en la encuesta correspondiente para tener todos un rango del monto que pueden ser incluido en el Reglamento que están por emitir. Si Usted ya eligió el monto correspondiente, agradeceré haga la invitación a otros colegas para que indiquen que monto considera es el más apropiado.
Esperemos que a la brevedad posible, las autoridades correspondientes regulen dicha situación para así evitar inconvenientes a todos los contribuyentes, que se ven afectados con esta disposición.
Y con el propósito de dar seguimiento al pago de las obligaciones que cada uno de los Contribuyentes están obligados a presentar la próxima semana, a continuación describo dichas obligaciones, es importante resaltar que los impuestos del 1 al 4 de mayo son proyectados, a lo cual sugiero están pendientes de la publicación del calendario tributario de la SAT., para verificar que no se ha dejado ningún impuesto por incluir.
Cualquier cambio o sugerencia respecto a los mismos será bienvenido, en caso de existir alguna duda sugiero verificar el calendario en el portal de la SAT.
Abril - 30
· Declaración Jurada y pago sobre operaciones realizadas durante Marzo de 2012. Impuesto al Valor Agregado (Declaración Jurada y Pago Mensual)
· Declaración y pago de Pequeños contribuyentes del 5% de ventas o prestación de servicios del Marzo de 2012. Impuesto al Valor Agregado Pequeño Contribuyente Declaración Mensual (1)
· Pago correspondiente al trimestre del 1 de Enero al 31 de Marzo de 2012. Impuesto de Solidaridad, (Pagos Trimestrales).
· Pago mensual de retenciones del 12% sobre el monto de facturas especiales emitidas durante Marzo de 2012. Impuesto al Valor Agregado (Pago de Retenciones en Facturas Especiales).
· Declaración y recibo de pago mensual sobre ventas efectuadas durante Marzo de 2012. Impuesto al Valor Agregado (Declaración Jurada y Pago Mensual) Para Contribuyentes que Realizan Únicamente Operaciones Locales.
Impuesto Proyectado
Mayo - 4
· Declaración jurada y pago semanal sobre ventas efectuadas del 23 al 29 de Abril de 2012. Impuesto a la Distribución del Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo.
(1) Para los Pequeños Contribuyentes que se inscribieron después del 25/2/2012, ya bajo la nueva modificación de la Ley del Impuesto al Valor Agregado IVA según Decreto 4-2012; este impuesto deberá presentarse en los nuevos formularios SAT-2043 o 2047 por Internet.
Como pueden observar este es el segundo pago después de la vigencia de dicho Decreto. El primer pago se realizó el 2 de abril del corriente año y correspondieron a las ventas de febrero -2012.
Aprovecho nuevamente para hacerles la cordial invitación para que dada su experiencia con las retenciones que se está obligado a efectuar, realice su voto en la encuesta correspondiente para tener todos un rango del monto que pueden ser incluido en el Reglamento que están por emitir. Si Usted ya eligió el monto correspondiente, agradeceré haga la invitación a otros colegas para que indiquen que monto considera es el más apropiado.
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