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martes, julio 22, 2008

Términos de los Trabajos de Auditoria

A continuación hago entrega de la penultima Norma Internacional de Auditoria, dentro del grupo de Responsabilidades, especificamente la Norma 210.
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"210. TÉRMINOS DE LOS TRABAJOS DE AUDITORÍA

El propósito de esta Norma Internacional de Auditoría es establecer normas y dar lineamientos sobre:

(a) el acuerdo de los términos del trabajo con el cliente; y

(b) la respuesta del auditor a una petición de un cliente para cambiar los términos de un trabajo por otro que brinda un nivel más bajo de certeza.

El auditor y el cliente deberán acordar los términos del trabajo. Los términos acordados con el cliente necesitarían ser consignados en una carta compromiso de auditoría u otra forma apropiada de contrato.

Esta Norma Internacional de Auditoría pretende ayudar al auditor en la preparación de cartas compromiso relativas a auditorías de estados financieros, Los lineamientos son también aplicables a servicios relacionados. Cuando se ha de prestar otros servicios como servicios de asesoría sobre impuestos, contabilidad, o administración, puede ser apropiado emitir cartas por separado.

En algunos países, el objetivo y alcance de una auditoría y las obligaciones del auditor son establecidas por la ley. Aún en esas situaciones el auditor puede todavía encontrar que las cartas compromiso son informativas para sus clientes.

Cartas Compromiso de Auditoría

Esta carta documenta y confirma la aceptación del nombramiento por parte del auditor, el objetivo y alcance de la auditoría, el grado de las responsabilidades del auditor hacia el cliente y la forma de cualesquier informes. Debe enviarse antes de iniciar el trabajo para evitar malos entendidos respecto del trabajo.

Contenido principal:

La forma y contenido de las cartas compromiso pueden variar para cada cliente pero deben hacer siempre referencia a:

v El objetivo de la auditoría de estados financieros.

v Responsabilidad de la administración por los estados financieros.

v El alcance de la auditoría, incluyendo referencia a legislación aplicable, reglamentos o pronunciamientos de organismos profesionales a los cuales se adhiere el auditor.

v La forma de los informes.

v El riesgo inevitable de que aún algunas representaciones erróneas sustanciales puedan permanecer sin ser descubiertas.

v Acceso sin restricción a cualquier registro, documentación y otra información solicitada en conexión con la auditoría.

Se puede también incluir:

¨ Arreglos respecto e la planeación de la auditoría

¨ Expectativa de recibir de la administración una confirmación escrita referente a las representaciones hechas en conexión con la auditoría

¨ Petición al cliente de confirmar los términos del trabajo acusando recibo de la carta compromiso.

¨ Descripción de cartas o informes que el auditor espera emitir para el cliente.

¨ Bases sobre las que se calculan los honorarios y otros arreglos para facturación.

Cuando se considere importante, se pueden señalar los siguientes puntos:

Ø Arreglos concernientes a la contratación de otros auditores y expertos en algunos aspectos de la auditoría.

Ø Arreglos por hacer con el auditor predecesor, si lo hay, en el caso de una auditoría inicial.

Ø Cualquier restricción de la responsabilidad del auditor cuando exista tal posibilidad.

Ø Una referencia a los acuerdos adicionales entre las partes.

Auditorías de Componentes

Si el auditor de una entidad tenedora (o controladora) es también auditor de su subsidiaria, rama o división (componente), los factores que deciden si hay que mandar una carta compromiso por separado al componente, incluyen:

§ Quién nombra al auditor del componente.

§ Si debe emitirse un dictamen de auditoría sobre el componente por separado.

§ Requisitos legales.

§ El grado de cualquier trabajo desempeñado por otros auditores.

§ Proporción en que la tenedora es propietaria.

§ Grado de independencia de la administración del componente.

Auditorías Recurrentes

En estas auditorías, el auditor deberá considerar si las circunstancias requieren que los términos del trabajo sean revisados y si hay necesidad de recordarle al cliente los términos existentes del trabajo.

El auditor decide si envía una nueva carta compromiso cada periodo, los siguientes factores indican lo apropiado que es el hacerlo:

q Para evitar malentendidos de los objetivos y alcance de la auditoría por parte del cliente.

q Los términos del trabajo revisados o especiales.

q Cualquier cambio en la alta gerencia, consejo de directores o propiedad.

q Un cambio importante en la naturaleza o tamaño del negocio del cliente.

q Requisitos legales.

Aceptación de un Cambio en el Trabajo

Un auditor a quien se le pide, antes de terminar su trabajo, que cambie el trabajo a uno que proporcione un nivel más bajo de certeza, deberá considerar si es apropiado hacerlo.

Una petición de un cliente para que el auditor cambie el trabajo puede ser el resultado de un cambio en las circunstancias que afectan la necesidad del servicio, un malentendido o una restricción sobre el alcance del trabajo, impuesta por la administración o causada por las circunstancias. Se debe considerar cuidadosamente la razón dada para la petición, particularmente las implicaciones de una restricción sobre el alcance del trabajo.

Un cambio no sería considerado razonable si mostrara que el cambio se refiere a información que es incorrecta, incompleta o insatisfactoria.

Antes de convenir en cambiar un trabajo de auditoría a un servicio relacionado, el auditor debe considerar cualquier implicación legal o contractual del cambio.

Si el auditor concluye que la justificación es razonable para cambiar el trabajo y que cumple con las NIAs aplicables al trabajo cambiado, el dictamen emitido sería el apropiado para los términos revisados del trabajo. Ese dictamen no incluirá referencia al trabajo original, ni a los procedimientos desarrollados en él.

Donde los términos del trabajo son cambiados, el auditor y el cliente deberán estar de acuerdo sobre los nuevos términos.

El auditor no deberá estar de acuerdo con un cambio de trabajo donde no haya justificación razonable para hacerlo.

Si el auditor no puede estar de acuerdo con un cambio de trabajo y no se le permite continuar el trabajo original, deberá retirarse y considerar si hay alguna obligación contractual o de otro tipo, de informar a otras partes, como el consejo de directores o de accionistas, las circunstancias que hacen necesario su retiro."

* Los principios básicos y procedimientos esenciales de las Normas Internacionales de Auditoría se identifican en negrilla

Fuente:http:--fccea.unicauca.edu.co

La presente norma tiene como finalidad básica, dejar constancia de los términos en que fué contratado el servicio de auditoria, como respaldo para las partes firmantes del convenio.

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