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sábado, abril 04, 2009

Contribuyentes Especiales

Debido a la insistencia sobre aclarar quienes son contribuyentes especiales, y solicitudes que he recibido en mi correo privado; a continuación dejo parte de los requisitos que deben llenar dichos contribuyentes para que puedan ser clasificados como especiales.
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Es importante señalar que dichos requisitos no son exclusivos, ya que estos forman parte de los estudios que lleva a cabo la SAT para poder clasificar a un contribuyente especial los requisititos que se enumeran, han sido obtenidos de charlas recibidas, opiniones de otros profesionales y/o notificaciones efectuadas por SAT; si por cualquier razón existiera alguna equivocación y/o discrepancia, agradeceré se haga el señalamiento necesario para proceder a efectuar la corrección o correcciones necesarias.
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De conformidad con las definiciones que se encuentran en el portal de la SAT letra “C” encontramos como contribuyentes las siguientes:
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"Contribuyente: El obligado al pago de las contribuciones. Persona natural o jurídica a quien la ley impone la carga tributaria derivada del hecho imponible. La traslación del impuesto a  otras personas no determina la pérdida de la condición de contribuyente, que concurre en quien según la ley debe soportar la carga tributaria.
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Contribuyente: Toda persona individual o jurídica, incluyendo al Estado y sus entidades descentralizadas o autónomas, las copropiedades, sociedades irregulares, sociedades de hecho y demás entes aún cuando no tengan personalidad jurídica, que realicen en el territorio nacional, en forma habitual o periódica, actos gravados de conformidad con las leyes tributarias.
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Contribuyentes Especiales: Segmento de contribuyentes, cuyo número es reducido, que reportan los mayores o más grandes activos, los mayores volúmenes de ingresos y teóricamente las mayores contribuciones. En otros países se les denomina grandes contribuyentes."
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De acuerdo a estudios de la SAT, se consideran contribuyentes especiales los que llenan entre otros requisitos conocidos los siguientes:
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1. Facturación anual de Q. 10,000,000.00
2. Fueron notificados por la SAT como Agentes de Retención del IVA.
3. Estan inscritos de conformidad con el Decreto 29-89 (Maquila)
4. Estan inscritos de conformidad con el Decreto 65-89 (Zonas Francas)
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Cabe aclarar que no son solamente estos los requisitos, ya que como dije anteriormente, la SAT hace estudios específicos sobre el contribuyente para poder clasificarlo como contribuyente especial.
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Adicionalmente a estos requisitos, es fundamental que la SAT haya notificado y autorizado por escrito, en donde hace constar que es contribuyente Especial y también señala quién será el asesor dentro de la SAT, en caso que el contribuyente tenga dudas. 

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