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lunes, agosto 23, 2010

Retenciones IVA no Declaradas

A los contribuyentes que por cualquier circunstancia, no les llego el aviso de presentarse ante la SAT para aclarar el porque no declararon las retenciones que les efectuaron en un período determinado, les informo que el día de hoy (23/8/2010) la SAT, está haciendo una invitación a través de un boletín para que se presenten a cualquiera de las agencias que ya todos conocemos, con el objeto de aclarar dicho inconveniente, debiendo para ello llevar toda la papelería que corresponda. (Declaraciones y Retenciones).

A la pregunta de seguidores y lectores de este blog y quienes han solicitado el criterio a seguir cuando por cualquier circunstancia no se presento la o las retenciones que nos efectuaron en un mes determinado, me permito externar mi opinión al respecto.  Previo a la opinión es importante aclarar que la decisión de efectuar la rectificación o rectificaciones, la tiene directamente el contribuyente (Sujeto Pasivo) a quién le efectuaron dicha retención.

Mi opinión al respecto es:
  • Evaluar el monto (Valor de la retención) a declarar, y que no se presento en tiempo (Mes que corresponde a la fecha de emisión).
  • Verificar cuantos meses han transcurrido desde que no se presento dicha retención y/o retenciones, ya que esto implica rectificar los meses posteriores hasta la fecha.  Tener en cuenta que por cada rectificación se pagan  Q. 100.00.-
  • Ejemplo: si la retención es por valor de Q. 150.00 y corresponde al mes de marzo, ya han transcurrido 3 meses desde que debimos haberla presentado, implicaría pagar por rectificaciones: (Q.4*100.00) = Q. 400.00. ya que son 4 declaraciones a rectificar.
  • Si el contribuyente decide no rectificar porque el monto que no lo amerita; ya que sale mas caro rectificar, que el monto a recuperar, deberá hacer una carta en donde renuncia a dicho crédito fiscal y presentarla a la SAT.
Conclusión: El contribuyente se ahorra el pago de rectificaciones y con la carta solventa la inconsistencia ante la SAT.  Si el monto de la retención fuera mayor deberá evaluarlo, y tener presente que antes de fin de mes, estén recibidas físicamente todas las retenciones del mes.

Si alguno de los lectores sabe de otra forma para solventar este inconveniente, las sugerencias serán bienvenidas, y estoy seguro que los lectores les sabrán agradecer.


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