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martes, marzo 08, 2011

Embargo electrónico

embargo.

…2. m. Der. Retención, traba o secuestro de bienes por mandamiento de juez o autoridad competente…”

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Embargo:

EJECUTIVO. Retención o apoderamiento que de los bienes del deudor se efectúa en el procedimiento ejecutivo, a fin de que, con ellos o con el producto de la venta de los mismos, satisfacer la incumplida obligación a favor del acreedor que posea título con ejecución aparejada (v.). | PREVENTIVO. Medida procesal precautoria de carácter patrimonial que, a instancia de acreedor o actor, puede decretar un juez o tribunal sobre los bienes del deudor o demandado, para asegurar el cumplimiento de la obligación exigida y las resultas generales del juicio.”

Guillermo Cabanellas de Torres

De acuerdo a lo que establece la ley y teniendo claro los conceptos sobre lo que es en si, el embargo; me permito trasladar a los lectores esta importante nota, debido a que el mismo (embargo), estará en pleno uso por parte de las autoridades previo a firmar un convenio, con SAT, Juzgados y Bancos, el cual lo implementaran para hacer cumplir con sus obligaciones a quienes así lo indique la autoridad competente y que corresponda.

Según declaraciones recientes las autoridades correspondientes (23/02/2011), indicaron que a partir de la firma del convenio y su debida publicación en el diario de Centroamérica, las cuentas bancarias podrán ser embargadas en forma electrónica con un dispositivo y software específico para el caso.

El objetivo principal de este procedimiento es que los jueces (área económica-coactiva) puedan hacer embargos y de esta manera retener los fondos existentes en  las  cuentas bancarias de contribuyentes morosos, evitando de esta forma que las personas involucradas puedan cambiar los recursos a otra cuenta o los retiren para evitar que los inmovilicen.  Está será la implementación de la primera fase y la segunda consistirá en incluir en este tipo de embargo el Registro de la Propiedad y el Registro Mercantil para embargar inmuebles y empresas

Desde este espacio se sugiere a los lectores y seguidores de este blog, verificar todos sus compromisos legales, revisando que los mismos estén al día y evitarse sorpresas de mal gusto y que en determinado momento puedan afectar el negocio en marcha.

Ampliar sobre esta nota en el siguiente link.



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