Próximos a salir de vacaciones este verano, y con el único fin de que los lectores asiduos, contribuyentes y a quienes se incorporan a esta blog no sean sorprendidos en los trámites que realizan en las aduanas del País a partir de este 16/4/2011; les informo que el día de hoy fue publicado en el Diario de Centro América en la parte legal, la Resolución No. SAT-S-201-2011 la cual incorpora la utilización del nuevo formulario SAT-8509 denominado “Declaración de Mercancías de Oficio”, y esta empezara a regir un día después de su publicación; en otras palabras a partir de mañana.
Dicha resolución en su parte conducente establece:
“Este formulario SAT No. 8509 se utilizará para las Declaraciones de Mercancía de Oficio elaboradas por parte de la Autoridad aduanera en las modalidades, operaciones y regímenes que se estipulan en el CAUCA y RECAUCA…”
El resto de declaraciones aduaneras aprobadas de oficio se continuará utilizando hasta que se cumplan con las formalidades correspondientes ante la Contraloría General de Cuentas para el formulario SAT-8509.
A continuación dejo la resolución correspondiente y que entrará en vigor como ya lo indique anteriormente el día de mañana 16/4/2011.
Resolución SAT-S-201-2011
Como siempre los invito a efectuar sus comentarios, ya que los mismos son fundamentales para el fortalecimiento de la profesión
Dicha resolución en su parte conducente establece:
“Este formulario SAT No. 8509 se utilizará para las Declaraciones de Mercancía de Oficio elaboradas por parte de la Autoridad aduanera en las modalidades, operaciones y regímenes que se estipulan en el CAUCA y RECAUCA…”
El resto de declaraciones aduaneras aprobadas de oficio se continuará utilizando hasta que se cumplan con las formalidades correspondientes ante la Contraloría General de Cuentas para el formulario SAT-8509.
A continuación dejo la resolución correspondiente y que entrará en vigor como ya lo indique anteriormente el día de mañana 16/4/2011.
Resolución SAT-S-201-2011
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