Para los seguidores de este espacio y para quienes han estado bastante inquietos y escribiendo a mi correo preguntando por el diseño de la nueva factura que deben autorizar; me permito informarles que de acuerdo a información que ha proporcionado la SAT., al solicitar la nueva autorización, el único cambio que existe es el siguiente:
Antes debería indicar: “No hacer retención hacemos pagos trimestrales”.
Con la nueva reforma estas deben indicar: “Factura de pequeño contribuyente, no genera derecho a crédito fiscal” de conformidad con el artículo 73.
Asimismo deberá tenerse cuidado con verificar que se cumpla con todo lo establecido en el artículo 29 del Decreto 27-92 y artículo 32 del Acuerdo Gubernativo 424-2008.
A continuación dejo imagen del documento sugerido.
Antes debería indicar: “No hacer retención hacemos pagos trimestrales”.
Con la nueva reforma estas deben indicar: “Factura de pequeño contribuyente, no genera derecho a crédito fiscal” de conformidad con el artículo 73.
Asimismo deberá tenerse cuidado con verificar que se cumpla con todo lo establecido en el artículo 29 del Decreto 27-92 y artículo 32 del Acuerdo Gubernativo 424-2008.
A continuación dejo imagen del documento sugerido.
Fuente: Censat.
Cualquier duda o ampliación al tema, favor de hacerlo en el espacio de comentarios, que serán bienvenidos.
Cualquier duda o ampliación al tema, favor de hacerlo en el espacio de comentarios, que serán bienvenidos.
Buenos dias, quisiera me aclare si tengo varias facturas pendientes de utilizar debo anularlas o solamente puedo adaptarlas con sellos o anotaciones para adecuarlas con los nuevos requisitos solicitados.
ResponderBorrarQue tramites tienen que hacerse para la nueva factura de pequeño contribuyente.
ResponderBorrarDISCULPE TENGO 2 DUDAS
ResponderBorrarPRIMERO SI LOS PAGOS SE VAN HACER MENSUALES EN VES DE TRIMESTRALES, Y SIEMPRE EL 5% SOBRE VENTAS.
LA OTRA ES SI TIENE UN MODELO COMO SE LLENA EL FORMULARIO SAT No.2043, YA NO TENGO MUCHA EXPERIENCIA EN ESTO.
MI CORREO ES: jhonjosvelask@live.com