Páginas

viernes, marzo 09, 2012

Impuestos que vencen semana del 12 al 16 de marzo


A todos los lectores y seguidores de este blog, gracias por estar al pendiente de las publicaciones y por los comentarios vertidos, no así por la confianza y preguntas planteadas, se les agradece enormemente, sin este tipo de comunicación e inquietudes planteadas no sería posible el existir del presente.

Para continuar con la ya habitual publicación de los viernes, a continuación les dejo las obligaciones tributarias con las cuales debemos cumplir la próxima semana, además de la conclusión del cierre fiscal correspondiente al período enero-diciembre/2011 que a escasos días concluirá. Es importante hacer notar que durante la semana, son trece (13) obligaciones con las cuales debemos cumplir.

A continuación las obligaciones por vencer:

Marzo - 12

· Declaración jurada informativa de saldos, compras y ventas correspondientes al mes de Febrero de 2012. Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo.

Marzo - 14

· Pago mensual de retenciones por ingresos gravados y pago por ingresos que no fueron objeto de retención del 5% que corresponden al mes de Febrero de 2012. (Art. 44 y 44 "A" de la Ley). Impuesto Sobre la Renta (Pago Directo de Personas Individuales ó Jurídicas Domiciliadas en el País que Desarrollan Actividades Mercantiles y no Mercantiles).

· Declaración jurada y pago sobre ventas efectuadas durante Febrero de 2012. Impuesto al Tabaco y sus Productos.

· Detalle de los pagos a terceros a favor de médicos, profesionales, técnicos u otros dedicados a la salud, realizados durante Febrero de 2012. Decreto Número 6-91,"código Tributario"

· Informe de servicios de impresión de documentos, realizados durante Febrero de 2012. Decreto Número 20-2006, "disposiciones Legales Para el Fortalecimiento de la Administración Tributaria"

· Declaración jurada y pago sobre ventas efectuadas durante Febrero de 2012. Impuesto sobre la Distribución de Bebidas Alcohólicas Destiladas, Cervezas y Otras Bebidas Fermentadas.

· Pago mensual de retenciones por ingresos gravados y pago por ingresos que no fueron objeto de retención del 5% que corresponden al mes de Febrero de 2012. Impuesto sobre la Renta (Pago Directo de Personas Individuales ó Jurídicas Domiciliadas en el País que Desarrollan Actividades Mercantiles y no Mercantiles).

· Declaración jurada y pago sobre ventas efectuadas durante Febrero de 2012. Impuesto específico a la Distribución de Cemento.

· Declaración jurada y pago de retenciones efectuadas durante Febrero de 2012 por: Rentas presuntas por intereses y por emisión de facturas especiales, rentas provenientes de loterías, rifas, sorteos, bingos o eventos similares, renta pagada o acreditada en cuenta, rentas de los asalariados. Impuesto Sobre la Renta (Retenciones a Personas Individuales ó Jurídicas Domiciliadas en el País que Desarrollan Actividades Mercantiles y no Mercantiles).

· Declaración jurada y pago de retenciones efectuadas durante Febrero de 2012 por los conceptos de: Servicios prestados por Empresas de transporte no domiciliadas en Guatemala, seguros, reaseguros, reafianzamientos, películas cinematográficas y similares, noticias internacionales, según porcentajes de la Ley. Impuesto Sobre la Renta (Retenciones a Personas Individuales ó Jurídicas no Domiciliadas en el País).

· Pago de retenciones por dietas, dividendos, loterías, rifas y sorteos efectuadas durante Febrero de 2012. Impuesto De Timbres Fiscales y Papel Sellado Para Protocolos.

· Pago mensual de retenciones del 10% sobre productos financieros efectuadas durante Febrero de 2012. Impuesto Sobre Productos Financieros.

Marzo - 16

· Declaración jurada y pago semanal sobre ventas efectuadas del 5 al 11 de Marzo de 2012. Impuesto a la Distribución del Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo.

Cualquier cambio o modificación que existiera se les hará del conocimiento en este mismo espacio y en caso de duda favor de verificar en el portal de la SAT.; y la cordial invitación para que dejen sus comentarios o aclaraciones correspondientes.


Oficina Profesional Contable OPC (502)5208-4023 auditor.opc@gmail.com

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Cualquier comentario sobre el tema, sera bienvenido.