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miércoles, septiembre 24, 2008

Firma Electrónica en Guatemala

A partir de la presente fecha, (De acuerdo a lo que especifica la Ley), todas las transacciones o documentos electrónicos adquirirán certeza y/o validez jurídica, esto según la ley que a partir del 1 de octubre del año en curso entra en vigencia, esto de conformidad con el Decreto 47-2008, Ley para el reconocimiento de las comunicaciones y firmas electrónicas, que fuera publicado el 23 de septiembre de 2008 en el Diario de Centroamérica.

Para todos los lectores interesados en adquirir una firma electrónica es necesario llenar los siguientes requisitos:

  • Acercarse a una entidad certificadora, como la Cámara de Comercio de Guatemala,
  • Llevar cédula de vecindad,
  • Constancia del NIT (RTU extendido por la SAT) y,
  • Llenar el formulario que proporcionará la CCG.
Quienes esten interesados en el Decreto, este lo pueden obtener de la página del Congreso de la República de Guatemala.

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