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lunes, febrero 22, 2010

Tarjetas de Crédito

A los apreciables lectores, les informo que el día de hoy entro en vigencia la nueva Ley de Tarjetas de Crédito en los EE. UU que entre otras cosas regula:

Los bancos deben entregar a los tarjetahabientes con 15 días de anticipación el estado de cuenta correspondiente, para que no caiga en mora o atrasos.

Los bancos no podrán variar la fecha de corte, es decir que si la fecha es 6, 10, 15, etc., siempre deberá ser esa fecha en los meses sucesivos, excepto que exista un aviso en donde se notifica el cambio.

También deberán indicar en el estado de cuenta, cuanto tiempo tardará el tarjetahabiente en cancelar la deuda si únicamente hace el pago mínimo.

No podrá emitirse tarjetas a menores de 18 años, excepto que cuente con una persona que lo avale.

Avisar con 45 días de anticipación cuando exista cambio en la tasa de interés; el tarjetahabiente que no este de acuerdo, puede cancelar o inhabilitar la tarjeta para que no le carguen intereses.

Incluyo el presente tema dado a que en Guatemala todo lo imitamos, razón por la cual consideró que esta es una excelente medida digna de imitar y que la iniciativas de Ley que ya fueron presentadas ante el Congreso o que están por presentarse, se adecué en todo lo que concierne al tarjetahabiente; ya que actualmente en nuestro medio ninguna institución que maneja tarjetas de crédito indica la forma en que hacen los cobros administrativos ni indican por ningún lado la tasa de interés que cobran o la forma en que lo calculan.

Si a cualquier lector le parece todo esto engorroso, desde ya les sugiero evitar el uso del plástico; adicionalmente si no tiene el hábito de administrar adecuadamente este tipo de recursos.

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